17 de junio de 2015

LIMA: EL DERECHO A UNA CIUDAD PLANIFICADA Y ORDENADA - PARTE1

Por Aldo Facho Dede, arquitecto* 
Publicado en la edición Nº235 de la revista ARKINKA


Marcha del 8 de marzo "Por una Lima Planificada"  Foto: Elezar Cuadros

“La ciudad es agrupación, las agrupaciones se organizan con miras al bien, porque el hombre obra siempre con el fin de lograr lo que cree bueno. Si toda agrupación tiende al bien, la ciudad o sociedad política, que es la superior entre ellas y las comprende todas, tiende al bien en mayor grado que las demás, y al mejor bien.” Aristóteles.(5)

Se me solicitó escribir un artículo con motivo de los recientes sucesos acaecidos en la ciudad de Lima con motivo del cambio de gestión edil.  A ese respecto he escrito algunos artículos en el blog que administro (www.habitar-arq.blogspot.com) sustentando técnicamente las razones por las que no se debe sustituir el proyecto Río Verde por los baipases de 28 de julio, y por qué esa obra perjudicará de forma irreversible a la ciudad; argumentando por qué se debe continuar la Reforma del Transporte y ésta debe estar en el marco de un Sistema de Movilidad Integrado, explicando el rol de los Parques Zonales en el desarrollo de nuestra sociedad, entre otros.  También he compartido interesantes artículos como el escrito por el arquitecto Alberto Fernández Dávila, en el que sustenta técnicamente por qué es mucho más eficiente una red de BRT a la parcial construcción de la Línea 2 del Metro (costando todo el sistema de BRT la décima parte que la Línea 2) .  Estas modestas reflexiones se suman a un interesante caudal de notas y artículos publicadas en diferentes medios escritos y digitales, teniendo como común denominador el reclamo de un Plan de Desarrollo Urbano que identifique y priorice las obras; y el rechazo a una política revanchista, autoritaria y “oscura” (desde la falta de claridad de sus decisiones).  Considero que ya se ha escrito bastante a ese respecto, y me gustaría aprovechar la presente invitación para hacer una reflexión más profunda sobre lo que considero un tema medular, relacionado directamente con esta crisis: el concepto de ciudadanía y el sentido de la planificación urbana.


Pasacalle "Fiteca" (Comas, Lima).  Foto: Eleazar Cuadros


Ciudad y ciudadanía
El concepto de ciudadanía se remonta a la antigüedad clásica, y con éste se distingue a los hombres libres, sujetos de deberes y derechos, que podían tener en la asamblea pública y en el tribunal voz deliberante.
  

Este sujeto acepta las normas de convivencia dictadas por sus predecesores, y delega mediante su voto la facultad de gobierno a otro par; siendo el sentido de este acto el velar por el bienestar de todos los ciudadanos desde la búsqueda del mejor bien (5).  Este concepto ha evolucionado a través de los siglos y ha llevado a la humanidad a inventar diferentes formas de organización y gobierno que han decantado en el sistema democrático que hoy se ejerce en la mayoría de países.  Si en algo coincide gran parte de la filosofía occidental, es que el hombre, desde que toma conciencia de su fragilidad y finitud, encuentra en sus pares la capacidad de mejorar su calidad de vida, y proyecta en ellos y su descendencia cierta aspiración a la inmortalidad. (6)

La ciudad, como constructo social, es el espacio físico identificado por esta agrupación de sujetos, el cual es alterado en su forma natural para permitir su asentamiento y con ello elevar su nivel de confort.  Pero la ciudad no es solo un asentamiento de humanos, la ciudad se define desde la intensidad de ocupación y la generación de espacios de interacción: la ciudad es sobre todo intercambio, memoria y deseos(7); y se construye desde sus espacios públicos.




Pasacalle "Fiteca" (Comas, Lima).  Foto: Eleazar Cuadros


Playa de Cañete (Ica, Perú) Foto: Eleazar Cuadros


Mago y Malabarista en Plaza Islas Malvinas.  La Plata, Argentina.  Foto: Aldo Facho Dede


Ciudadanía y Espacios Públicos
“La ciudadanía es el derecho natural que nos hace a todos libres e iguales en dignidad, y desde ahí se legitima y se funda el orden social determinado, el Estado precede a la Nación, o en términos más contemporáneos, la República precede a la Patria.
(8)” (Cullen, 2007)  

El término de “República” viene del derecho romano que define todo lo que no es propiedad privada como la “res publica” (la cosa pública), lo que nos pertenece a todos en general y a ninguno en particular(9).  Esa es la definición del “espacio público”, y por ende la esencia de la ciudad.  Podemos concluir entonces que la ciudadanía se construye y ejerce en y desde los espacios públicos, siendo estos esenciales para su desarrollo.  Por espacio público entendemos las plazas y parques, pero también las calles, veredas y paseos; y estos deben estar a disposición del conjunto de ciudadanos, y no sólo de quienes poseen un carro o pueden pagar una entrada a un “club”(10).  El rol primigenio de una administración municipal es trabajar para mantener y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, y ello se consigue desde la regulación y planificación de la ciudad, y desde el mantenimiento y mejoramiento de los espacios públicos.  

Esta es la base del reclamo de miles de ciudadanos a la actual administración municipal: la exigencia de un Plan de Desarrollo Urbano a partir del cual se planifique la ciudad, y la priorización de la inversión en la recuperación e implementación de espacios públicos, en vez de obras pensadas estrictamente desde la vialidad y la captación de votos.  

CREA Parque Huascar.  Villa el Salvador, Lima.  SERPAR


Parque Flor de Amancaes.  Villa María del Triunfo, Lima.  Proyecto: Aldo Facho Dede + Abalosllopis arquitectos



“Lima lo hizo” vs. “Construyendo”
El abismo en la concepción del rol de la autoridad municipal entre la Sra. Villarán y el Sr. Castañeda se evidencia en sus lemas: “Lima lo hizo” vs “Construyendo”.
  ¿Un municipio debe ser ante todo un ente ejecutor o un ente gestor?, si revisamos la Ley Orgánica de Municipalidades
(11) la respuesta es clara: es un ente gestor(12), por ende su prioridad no es “construir” sino planificar, gestionar y administrar el funcionamiento de la ciudad desde la elaboración e implementación de instrumentos de gestión, y promover acciones entre los distintos niveles de gobierno así como con el sector privado.  La municipalidad no “construye” per-se, sino planifica el desarrollo de la urbe, y a partir de ello identifica los proyectos que considera son prioritarios para ese fin. Recién a partir de ese momento la municipalidad “construye”, y esas obras no son arbitrarias, sino son piezas de una visión urbana integral; deben ser orientadas a mejorar la calidad de vida de la mayor parte de ciudadanos, buscando mejorar los niveles de igualdad desde la calidad de los espacios públicos, la infraestructura básica, los servicios, el acceso a la cultura y el ocio.  Proyectos como la creación, renovación y equipamiento de los parques zonales están dentro de esta visión; como también lo está la mejora en el equipamiento y accesibilidad de la Costa Verde, y el proyecto Río Verde que busca recuperar el espacio urbano del río Rímac y conectar sus márgenes.  Estos dos últimos tienen la particularidad de haber sido heredados de la anterior gestión del Sr. Castañeda como obras estrictamente de vialidad, habiendo la gestión de la Sra. Villarán trabajado en la modificación de los contratos para incluir la recuperación y equipamiento del espacio público adyacente.

Proyecto "Río Verde" - Fuente: Estudio AOZ

Proyecto "Río Verde" - Fuente: Estudio AOZ

Proyecto "Malecón y accesos a la Costa Verde" - Fuente: Estudio AOZ

Proyecto "Malecón y accesos a la Costa Verde" - Fuente: Estudio AOZ


El Plan de Desarrollo Urbano como instrumento rector
En el Perú no se planifica no por falta de reglamentación, sino por falta de interés y fiscalización.  En junio de 2011 el Presidente de la República (en ese entonces el Sr. Alan García) mediante el Decreto Supremo Nº 004-2011-VIVIENDA aprobó el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano elaborado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), derogando el DS Nº027-2003-VIVIENDA.  Este reglamento tiene como objetivo ser “el marco normativo para los procedimientos técnicos y administrativos que deben seguir las municipalidades a nivel nacional, en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento y gestión del suelo, acondicionamiento territorial y desarrollo urbano y rural.”
(13)

Dentro de los instrumentos de planificación que definen está el Plan de Desarrollo Metropolitano, que aplica para ciudades como Lima, y tiene como objeto “mejorar las condiciones de vida de la población, incrementar o diversificar el aprovechamiento de potencialidades sociales o naturales, elevar los niveles de productividad de los bienes y servicios con la inserción en los flujos económicos nacionales e internacionales, en concordancia con el Plan de Ordenamiento Territorial Regional”.
(14)

El reglamento es claro en cuanto a que “ninguna persona natural o jurídica, ni entidad pública, puede realizar obras ni actuaciones urbanísticas que no se ajusten a las previsiones y contenidos de los PAT, PDM, PDU o EU, incluyendo el Plan Específico”
(15), y da un plazo de cuatro años, contados a partir de la vigencia de la norma, para que los municipios adecuen sus disposiciones en materia de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano a las contenidas en este Reglamento.  Siguiendo esta normativa, la gestión de la Sra. Villarán encargó al Sr. Henry Pease la elaboración del Plan Regional de Desarrollo Concertado al 2025 (PLANLIMAS), documento necesario para poder desarrollar el Plan de Desarrollo Metropolitano, pues contiene los principales lineamientos para las políticas de desarrollo integral de la ciudad y ciudadanía, a partir de las cuales construye una visión y metas de desarrollo.  Una vez aprobado el PLANLIMAS, se inicia el desarrollo del Plan de Desarrollo Metropolitano (PLAM), que parte de la interpolación de la visión y lineamientos estratégicos de los planes de Lima y el Callao, y desde allí estructura sus ejes rectores.  El último Plan de Desarrollo de Lima fue elaborado en el 1992 y proyectado al 2010, la ciudad ha cambiado sustancialmente en esa década, y para elaborar un nuevo Plan se debía desarrollar un profundo diagnóstico urbano integral que permita luego identificar los lineamientos, estrategias y proyectos estructurantes.
 
El Plan de Desarrollo Metropolitano no es un capricho, es una obligación y una necesidad, pues es la herramienta con la que cuenta la ciudad para organizar su desarrollo y priorizar sus inversiones en base a una visión integral.  ¿Por qué una administración no querría desarrollar un Plan?, sólo se me ocurren dos posibles razones: por menosprecio o por intereses poco claros.  Lo que un Plan evita es la improvisación y direccionamiento de la inversión pública, pues estructura todas las obras en una visión urbana integral.  

Final de la parte 1  

http://www.arquitecturayempresa.es/sites/default/files/styles/n744x315/public/imagenes/noticia/plam2035_01portada_0.jpg




https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEic5J_6KZ8QnDqZ5G2CiMQMac0qpNA1w6FzSYh3ZUqsvz_zNjmM3FBjarhDh633bttee5qW0jbYiT9JvOBDaknLd5GFjMtCEh9jX0BzjpuRVMZawa-CLWDdF03edskM_sTmB9enL8IvHUg/s1600/3.+PLAM+Lima+y+Callao+2035.+Peru+New+7.jpg

Notas:
5- Aristóteles, “Política”. Libro Tercero, Capítulo Primero “Del Estado y del ciudadano”
6- Sobre este tema podemos profundizar en la  definición de “Bien” que han desarrollado filósofos como Kant, San Agustín, Santo Tomás de Aquino, Baruch de Spinoza, entre otros.   
7- Italo Calvino, “Las Ciudades Invisibles”.  Ediciones Siruela S.A. Madrid, España 2010. 
8- Carlos A. Cullen, “El malestar en la ciudadanía”. Ediciones La Crujía y Editorial Stella, Buenos Aires, Argentina 2007.  “Ciudadanía urbi et orbi” pg. 26.
9- “ESPACIOS PÚBLICOS, LA ESENCIA DE LA CIUDAD” http://habitar-arq.blogspot.com/2012/03/espacios-publicos-la-escencia-de-la.html
10- Es por eso que los Parques Zonales no deben ser administrados como “clubes”, pues pierden su sentido primigenio: aportar para el desarrollo social desde la cultura, el deporte y la recreación.
11- Ley Orgánica de Municipalidades Nº27972.  Título XIII “La Municipalidad Metropolitana”, Cap. III “La Alcaldía Metropolitana”, Cap. IV “Las Competencias y Funciones Metropolitanas Especiales”.
12- Visión y Misión de la MML: “La Municipalidad Metropolitana de Lima lidera el desarrollo competitivo de Lima Metropolitana, promueve las capacidades y amplia los derechos de sus ciudadanos, integrando en la planificación y en su accionar los enfoques de desarrollo humano, enfoque de derechos, desarrollo sostenible, gestión de riesgos, equidad de género, innovación tecnológica y competitividad, junto con los principios del buen gobierno.” http://www.munlima.gob.pe/mision-y-vision
13- DS Nº004-2011-VIVIENDA promulgado el 17 de junio de 2011 en “El Peruano”.  Cap. 1, artículo 1.
14- Op. Cit. Cap. Artículo 7.
15- Op. Cit. Cap. XII artículo 39



*ALDO GIOVANNI FACHO DEDE
Arquitecto por la Universidad de Ingeniería (UNI-FAUA), título homologado en Argentina.  Magister en Desarrollo Sustentable por la Universidad de Lanús (UNLA-FLACAM, Argentina). Estudios de Doctorado en la Universidad Politécnica de Cataluña (España). Experiencia profesional en Arquitectura, Urbanismo y Planificación Urbana, desarrollada en las ciudades de Lima-Perú, La Plata-Argentina y Barcelona-España desde 1996 hasta la fecha.  Ha participado en el desarrollo de proyectos arquitectónicos y urbanos para Perú, Argentina, España, México y Brasil. Ha ganado concursos de arquitectura y diseño urbano en Perú y Argentina. Es docente universitario y ha sido invitado como conferencista por distintas universidades e instituciones. Es editor del blog especializado en urbanismo y arquitectura HABITAR (www.habitar-arq.blogspot.com)


 


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...