2 de diciembre de 2015

PLANIFICACIÓN, ZONIFICACIÓN E INDICE DE USOS

Por Aldo Facho Dede para HABITAR

Centro de Lima, Jirón de la Unión.  Fuente: http://portal.andina.com.pe/EDPfotografia/Thumbnail/2013/12/22/000228586W.jpg
 

Hace unos días publiqué una nota en el diario El Comercio en la que exponía las razones técnicas por las que considero que la ordenanza de la Municipalidad de Lima que modifica la forma como se gestionan los cambios de zonificación (Ord. 1911-MML) va en contra de un modelo de ciudad ordenada e inclusiva.  Básicamente lo que la nueva norma propone es que cada propietario eleve su pedido a la Municipalidad Metropolitana para ser evaluado de forma independiente, descartando implícitamente una visión integral de la ciudad.  Esto se agrava por la falta de un Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad y la negación sistemática de la actual gestión del documento elaborado por su predecesora. 

Calles de Nueva York

La principal diferencia con la ordenanza derogada (Ord. 1617-MML), es que se exigía que sean las municipalidades distritales las que evalúen las solicitudes en conjunto, para luego ser elevado a la metropolitana un informe integral en el que se vean las modificaciones a nivel distrital.  Se proponían dos fechas al año para su presentación.  Esta además se complementaba con la ordenanza 1862-MML en la que se solicitaba por única vez a las municipalidades distritales que elaboren una propuesta de Reajuste Integral de Zonificación, en base al cual la municipalidad metropolitana iba a elaborar la Zonificación Metropolitana. 
Las diferencias son evidentes, y con la nueva ordenanza volvemos a estar sujetos a la capacidad de gestión individual de los propietarios sobre la comisión y concejo metropolitano.

 
Buenos Aires, calle Florida.  Fuente: https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj85PY8PvQiTboN9IlS-o3OI6KKpavUQvlppYBd34CvKOZblG__Kx73USG2lSzcjlIFy2_Fb3wxIdEH6fj7wiFnhkmCBlq5FsK3Cm-FllfTEiq5ZbzqMz4A51bbFGsxzi9YKHEaVlewRNvc/s1600/florida4.jpg

Hoy revisando el diario El Comercio descubro una nota escrita por el urbanista canadiense Angus Laurie en la que apoya la nueva ordenanza, sustentando la necesidad de una ciudad heterogénea en usos, y criticando el hecho que no se puedan hacer los cambios por un solo lote.  Me tomé el trabajo de analizarla con mayor detenimiento para comprender la lógica de su planteamiento, y lo que encontré fue una frecuente confusión conceptual entre “zonificación” e “índices de usos” que intentaré aclarar. 

Lo se defiende en la nota es la diversidad de usos en la ciudad, como ha sucedido históricamente, lo cual como bien se sustenta reduce significativamente la necesidad de desplazamientos, mejora el uso del espacio urbano y por ende lo hace más democrático.  En esto estamos totalmente de acuerdo, ahora, hablar de zonificación no es solamente hablar de índice de usos, al menos en el Perú.  Como está planteada nuestra normativa urbanística, la zonificación define el carácter general de un sector de la ciudad, así podemos hablar de zonas residenciales, comerciales, industriales, de infraestructura y servicios (otros usos).  Dentro de cada una de estas clasificaciones, podemos afinar un poco más el lápiz y hablar de residencial de baja, media y alta densidad, así como de comercio vecinal, zonal y metropolitano.  Incluso dentro de las clasificaciones existen compatibilidades equivalentes en escala, así residencial de baja densidad es compatible con comercio zonal, la media densidad con zonal y la alta con metropolitano.  Este modelo puede ser y de hecho es cuestionable, pero actualmente es la forma como se organiza la escala e intensidad de los usos.  Esto ayuda a evitar que por ejemplo se instale un gran supermercado en una zona de carácter barrial, afectando no solo a los vecinos, sino a los pequeños comercios.  La zonificación no es una entelequia, está basada en el estado actual y proyección de redes, servicios, infraestructura urbana, áreas verdes, etc.

El cambio de zonificación por pedido individual va en contra de la concepción misma de la ciudad como un sistema integrado y democrático.

Ciudad de Buenos Aires, Argentina. Densidad media y comercio de barrio.
 
El índice de usos es el listado de actividades que se pueden desarrollar en el marco de la zonificación, por ejemplo, dentro de una zona residencial de baja densidad se suelen permitir bodegas, peluquerías, cafés, panaderías, lavanderías, verdulerías, farmacias, etc.  Coincidimos que debe ser flexible y promover una ciudad de usos mixtos, ofreciendo a los pobladores comercios y servicios de diferente escala, pero de eso no trata la nueva ordenanza.  Es más, los pedidos de licencia de funcionamiento son a la municipalidad distrital, que es la que evalúa la compatibilidad del uso propuesto con la zonificación e índice vigente.

Ciudad de Buenos Aires, Argentina. Densidad media y comercio de barrio.

Como vecinos debemos estar alertas ante acciones que vayan en contra de la calidad urbana y sentido democrático de nuestra ciudad.  Nuestro legado como sociedad está en gran parte materializado en el espacio urbano que construimos con nuestras acciones y decisiones.  

Ciudad de Buenos Aires, Argentina.  Densidad media y comercio barrial acompañado de áreas verdes, ocio y recreación pública.


1 de diciembre de 2015

LA URGENCIA DE PLANIFICAR LA CIUDAD

Por Aldo Facho Dede
Arquitecto y urbanista
Publicado en la edición impresa de El Comercio el día 23/11/2015
 
El muro que separa "ricos" de "pobres", consecuencia de la falta de planificación y políticas de desarrollo urbano integral en la ciudad.  Fuente: google earth


La derogación de la Ordenanza Metropolitana Nº1617-MML y la nueva ordenanza aprobada en su reemplazo, debe como mínimo llamar nuestra atención e incitarnos a reflexionar sobre la forma como se propone regular el uso del suelo en nuestra ciudad.  La nueva ordenanza, además de eliminar la obligación de analizar los pedidos de forma conjunta desde los distritos, habilita los cambios de zonificación por cada lote, lo cual estaba prohibido de forma taxativa en su predecesora (Cap.II, art.16).  

El muro que separa "ricos" de "pobres", consecuencia de la falta de planificación urbana en la ciudad.  Fuente: El Comercio. http://elcomercio.pe/lima/ciudad/pobres-y-ricos-lima-divididos-muro-fotos-noticia-1846586


La Zonificación de los usos de suelo se define como el instrumento técnico de gestión urbana que regula el ejercicio del derecho de la propiedad predial respecto al uso y ocupación que se le puede dar; es decir reglamenta qué y cómo podemos edificar en nuestros inmuebles. La ciudad funciona sobre el principio de prevalencia del bien común sobre el interés particular, que está debidamente refrendado en los deberes y derechos que señala nuestra Constitución.  Desde esa lógica, gobernar una ciudad es ayudar a construir una visión en la que todos nos veamos reflejados, ya que sólo a partir de ello podremos establecer los lineamientos urbanos y normativos que permitan nuestro desarrollo equilibrado como sociedad.  A eso se llama Planificación Urbana, y está debidamente regulada a nivel nacional con el Decreto Supremo N°004-2011-Vivienda y a nivel municipal con la Ordenanza  N°1862-MML.  

La falta de un Plan de Desarrollo Urbano integral genera el crecimiento desordenado de la ciudad, habilitando suelo rural para fines urbanos sin contar con los servicios básicos y sistemas metropolitanos de movilidad.  Fuente: https://redaccion.lamula.pe/2015/10/12/galeria-diez-anos-mirando-a-lima-desde-el-cielo/rlescanomendez/

En ambos documentos se exige a las autoridades municipales, entre otras obligaciones, establecer la zonificación y los usos del suelo primero dentro de la escala metropolitana y luego dentro de la distrital; pues sería irrazonable pensar que un distrito pueda hacer una propuesta sin tener un marco metropolitano vigente.  Los pedidos de cambios de zonificación se reservan para casos extraordinarios “de interés distrital, provincial y metropolitano, y nunca antes de los dos años de aprobados los planes urbanos” (DS.004-2011,cap.XIV, art,53).

La nueva ordenanza, que reemplaza a la Nº1617-MML, contradice esta lógica al permitir los cambios de zonificación por lote. La Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura de la Municipalidad Metropolitana de Lima es la que “podrá proponer al Consejo Metropolitano hacer extensivo los cambios de zonificación a todo el frente de manzana” (artículo 12), quedando así sujeto a su criterio.  Esto va en contra no solo de los principios básicos de la Planificación Urbana, sino del mismo Decreto Supremo N°004-2011 que indica explícitamente que las solicitudes de cambio de zonificación “debe comprender en su ámbito a los inmuebles vecinos (…), conformando un área mínima de una manzana o un sector” (cap.XIV, art.50.1).  

Lo que se pensó originalmente como una normativa de excepción se pretende convertir en la forma de hacer ciudad; poniendo en peligro nuestros derechos, y habilitando escenarios poco claros en los que sólo algunos se verán beneficiados.  Pareciera que la actual administración de Lima ha desestimado la Planificación Urbana -forma democrática y participativa de regular nuestra ciudad-, proponiendo un modelo efectista basado en “obras”, sin una aparente lógica integral y sistémica.  

Tenemos grandes fechas históricas a puertas: los Panamericanos del 2019, el Bicentenario de la Independencia en el 2021, y los quinientos años de fundación de Lima en el 2035.  El tiempo corre, la historia nos juzgará por lo que hicimos y dejamos de hacer como sociedad en pos de la construcción de una ciudad mejor para todos.


Lima, una gran ciudad en un entorno natural privilegiado.  Sin una visión integral y a futuro seguiremos destruyéndola y condenando a nuestros hijos a vivir en la desigualdad y pobreza.  Fuente: https://redaccion.lamula.pe/2015/10/12/galeria-diez-anos-mirando-a-lima-desde-el-cielo/rlescanomendez/

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